Preguntas frecuentes - FAQS
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1. ¿Qué ventajas tiene invertir en un fondo de inversión?
Los Fondos de Inversión constituyen en este momento, una de las mejores opciones para invertir tus ahorros. Entre sus ventajas destacan:
- FLEXIBILIDAD Y SENCILLEZ: Accede a cualquier mercado a través de una gama de fondos sencilla y transparente en continua evolución, que cubre las distintas necesidades de inversión según el perfil de riesgo de cada cliente.
- GESTIÓN PROFESIONALIZADA: Tu inversión, en manos de expertos en mercados financieros con una larga trayectoria profesional.
- RENTABILIDAD: Búsqueda del mejor retorno posible, invirtiendo de forma diversificada en una gran variedad de activos con un estricto control de riesgos.
- FISCALIDAD: Los fondos son el mejor vehículo para canalizar tus ahorros, entre otras razones porque:
- Los rendimientos no tributarán mientras no reembolses tu inversión.
- Las plusvalías, por reembolso de participaciones, tributan al tipo impositivo del 19% hasta 6000€, el exceso si lo hubiere, al 21%.
Además podrás realizar traspasos entre fondos de inversión, sin tener que tributar y manteniendo la antigüedad en el fondo de origen.
- DIVERSIFICACIÓN: Tu patrimonio se invertirá en un gran número de valores, comportando un menor riesgo.
- TRANQUILIDAD: Tu inversión está protegida por la normativa y supervisada por la CNMV.
2. ¿Cómo puedo elegir un fondo de inversión?
En primer lugar, es recomendable diversificar las inversiones, e invertir en varios fondos, para reducir el riesgo y la fluctuación de su rentabilidad.
En segundo lugar, a la hora de seleccionar el fondo o fondos debe considerar el plazo de su inversión, es decir, el tipo de activos en los que invierte. La liquidez (necesidad que el inversor vaya a tener de disponer de ese dinero), es el criterio que determina si el cliente está pensando en una inversión a medio - largo plazo o bien a corto plazo donde la mejor elección sería un fondo de renta fija a corto plazo o un fondo de inversión en activos monetarios o en depósitos con un nivel de riesgo bajo.
Además el cliente debe valorar si está dispuesto asumir riesgos a cambio de una posible rentabilidad adicional, si esto es así su opción estará en un fondo de renta fija, un fondo mixto combinando renta fija y renta variable, o si prefiere optar a mayores rentabilidades asumiendo también un nivel de riesgo elevado podrá elegir un fondo de renta variable.
También es conveniente que el cliente revise las comisiones (especialmente suscripción y reembolso en los fondos garantizados) antes de invertir.
3. ¿Qué seguridad ofrecen los fondos de inversión?
Esta pregunta tiene una doble vertiente, la seguridad respecto al nivel de la inversión (del propio fondo) y la seguridad a nivel institucional (de la gestora).
Respecto a la seguridad del fondo, el patrimonio será gestionado por un equipo de profesionales que invertirán en activos muy seguros, con una elevada diversificación del riesgo y cumpliendo los requisitos legales que garanticen la liquidez del fondo.
La legislación ha previsto unos mecanismos de control de los fondos, por una parte están el control de la sociedad gestora y la depositaria, y por otra parte la vigilancia de la Comisión Nacional del Mercado de Valores que garantiza la transparencia y seguridad de los partícipes y sus inversiones.
Respecto a la Sociedad Gestora es importante considerar que el patrimonio del fondo no responderá nunca de las posibles deudas que pueda contraer ni la Sociedad Gestora, ni la Sociedad Depositaria, ni los partícipes.
Tanto la gestora como la depositaria serán responsables ante la totalidad de los partícipes de todos los perjuicios que les ocasiones por incumplir sus obligaciones.
En caso de liquidación del fondo los partícipes son los propietarios de los activos en los que están invertidos.
4. ¿Es mejor un Fondo de Inversión que otras alternativas de ahorro?
Las principales ventajas de los Fondos de Inversión consisten en que:
- Ofrecen una liquidez total, frente a la exigencia de inmovilización de sus ahorros de muchos otros productos.
- Cuentan con un tratamiento fiscal muy favorable:
- Los rendimientos no se declaran mientras no se vendan participaciones del Fondo
- Tampoco se declaran si se reembolsan participaciones de un Fondo para invertirlo en otro (Traspaso)
- Los rendimientos tienen tratamiento de Plusvalías en el IRPF
- Se accede a una gestión profesionalizada de sus inversiones. Están gestionados por profesionales, dedicados exclusivamente a sus inversiones.
5. ¿No es más arriesgado invertir en varios fondos de inversión que en uno sólo?
Todo lo contrario, se combina la posibilidad de obtener diferentes rentabilidades gracias a la diversificación en varios fondos, por lo que obtiene una seguridad mayor frente a las posibles oscilaciones de alguno de ellos. Diversificar equivale a reducir riesgo y cuanto mayor sea el grado de diversificación menor será la fluctuación de la rentabilidad en el medio - largo plazo.
A través de la diversificación es posible crear múltiples combinaciones de mercados y activos con distintos niveles de rentabilidad/riesgo. Los diferentes tipos de activo se comportan generalmente de manera distinta bajo las mismas condiciones de mercado.
La inversión en un fondo de inversión no garantiza un resultado seguro, ya que se puede obtener rentabilidades positivas o negativas en función de la evolución que tengan los activos que componen la cartera de dicho fondo. En este caso, ¿no sería mejor invertir en un depósito o en un producto con un tipo de interés garantizado? Para conseguir una rentabilidad más elevada de la que se obtiene en los depósitos a plazo, es necesario en la actualidad diversificar las inversiones asumiendo un cierto nivel de riesgo. Este nivel depende de usted: usted lo elige o si prefiere, nosotros le recomendamos la mejor inversión adecuada a su situación y preferencias.
6. Voy a necesitar el dinero en 6 meses, ¿Invierto en renta variable?
La rentabilidad de estos fondos está ligada a la evolución de los mercados de acciones. Esto hace posible tanto la obtención de elevadas rentabilidades en periodos cortos de tiempo como que existan otros periodos en los que la rentabilidad sea negativa. Son fondos con un nivel de riesgo alto.
Este tipo de fondos son adecuados para aquellos inversores con expectativas de obtener elevados rendimientos a largo plazo y dispuestos a asumir el correspondiente riesgo a corto
1. ¿Cuál es el régimen fiscal que se aplica a los fondos de inversión?
El rendimiento generado por la venta o reembolso de acciones o participaciones de Instituciones de Inversión Colectiva (IIC), sean fondos de inversión o SICAV, tienen la consideración de Ganancia o Pérdida Patrimonial, integrándose en la base imponible del ahorro, tributando según la siguiente escala:
ESCALA BASE IMPONIBLE DEL AHORRO DESDE HASTA TIPO 0 6.000 € 19% 6.000,01 € 50.000 € 21% 50.000,01 € en adelante 23% 2. ¿ Cómo se determina el importe de la ganancia o pérdida patrimonial en un fondo?
El importe de la ganancia o pérdida patrimonial se determinará por diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión, deducidas las comisiones que pudiera en su caso soportar el partícipe en el momento de la suscripción o del reembolso, de acuerdo a la fórmula siguiente:
Ganancia o pérdida patrimonial = [ Valor Reembolso – Comisiones de Reembolso] – [Valor de Suscripción + Comisiones de Suscripción)
IMPORTANTE:
Cuando se tengan participaciones de un fondo de inversión adquiridas en distinta fecha siempre se considerarán vendidas a efectos del IRPF las primeras por aplicación del método FIFO (Primera entrada-Primera salida), es decir, que se considerará que las participaciones transmitidas o reembolsadas por el contribuyente son aquellos que adquirió en primer lugar.
3. ¿Con qué se pueden compensar las pérdidas/ganancias patrimoniales en un fondo?
Las pérdidas patrimoniales integradas en la Base Imponible del Ahorro se podrán compensar con las ganancias patrimoniales que van a la Base Imponible del Ahorro hasta anularlas; y el exceso, si lo hubiera, se podrá compensar con hasta el 25% de los rendimientos de capital mobiliario positivos, obtenidos en ese ejercicio. Si aún quedarán pérdidas patrimoniales pendientes se podrán compensar durante los siguientes cuatro ejercicios a su generación tanto con ganancias de la misma naturaleza (base imponible del ahorro) como con hasta el 25% de los Rendimientos de Capital Mobiliario Positivos.
*** El límite del 25% anteriormente mencionado, entra en vigor de manera escalonada, según los siguientes porcentajes: límite 15%(2016); límite 20%(2017); límite 25%(2018)
Las pérdidas patrimoniales pendientes de compensación generadas antes de 1/1/15 se compensarán únicamente con ganancias patrimoniales integrables en la Base imponible del ahorro, con independencia de su período de generación.
4. ¿La ganancia obtenida en la venta de participaciones de un fondo de inversión la puedo reinvertir en otro fondo de inversión sin tributación?
Efectivamente, existe la posibilidad de traspasar el saldo de un fondo de inversión a otro sin tener la obligación de tributar.
En este sentido, no se computará la ganancia o pérdida patrimonial derivada de la transmisión de las participaciones del fondo de inversión siempre que el importe obtenido se destine a la adquisición o suscripción de otras participaciones. A efectos de una futura transmisión de dichas participaciones, las mismas conservarán el valor y la fecha de adquisición de las participaciones transmitidas.
Por el contrario, si se produjese el reembolso definitivo de las participaciones del fondo de inversión, poniendo a disposición del partícipe el importe obtenido, se computará la correspondiente pérdida o ganancia patrimonial tributando conforme a la siguiente escala, y estando sujeta a retención. El tipo de retención es del 19%
ESCALA BASE IMPONIBLE DEL AHORRO DESDE HASTA TIPO 0 6.000 € 19% 6.000,01 € 50.000 € 21% 50.000,01 € en adelante 23% 5. ¿Qué es la rentabilidad financiero - fiscal?
La rentabilidad financiero - fiscal tiene en cuenta no solo la rentabilidad que se puede obtener con ese fondo de inversión, sino también el efecto fiscal.
En el caso de los fondos es especialmente interesante.
Para calcularla se tiene en cuenta el interés bruto que tendría que ofrecer una inversión alternativa, para producir el mismo rendimiento neto, después de impuestos, que la inversión en fondos de inversión.
6. Si cambio de fondo ¿tengo que tributar?
No si realiza un traspaso de fondos. Cuando se realice la operación por sujetos pasivos del IRPF y se destine, cumpliendo determinados requisitos, el importe obtenido como consecuencia de la venta de participaciones en fondos, a la adquisición de nuevas acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva, se considerará traspaso de fondos y no se tributará por el importe destinado a esa adquisición de otras IIC.
7. ¿Cuál es la tributación en los fondos Cotizados?
La alteración del valor del patrimonio como consecuencia de la transmisión en bolsa de participaciones de Fondos cotizados se considera ganancia o pérdida patrimonial. Su importe se determinará conforme a lo previsto para el cálculo de las ganancias y pérdidas según lo establecido en el régimen general para cualquier valor admitido a negociación en un mercado regulado, tributando según la siguiente escala:
ESCALA BASE IMPONIBLE DEL AHORRO DESDE HASTA TIPO 0 6.000 € 19% 6.000,01 € 50.000 € 21% 50.000,01 € en adelante 23% La ganancia patrimonial obtenida, en su caso, como consecuencia del reembolso o transmisión, no está sujeta a retención.
No les resulta de aplicación el régimen de los traspasos, tanto si el fondo cotizado es fondo de origen como si es de destino.
8. ¿Cuál es la tributación en los fondos Garantizados?
Son fondos que garantizan el capital invertido y una rentabilidad mínima prefijada para un periodo de tiempo. Para que el partícipe pueda beneficiarse de estas garantías debe realizar la suscripción en un momento determinado; mientras que el reembolso no puede efectuarse hasta que haya transcurrido un determinado plazo.
De acuerdo con la naturaleza de la garantía podemos tener:
Fondo con garantía externa:
La garantía se presta directamente al partícipe, así si al final del periodo no se obtiene la rentabilidad garantizada el banco garante abonará la diferencia correspondiente directamente al participe.Esta diferencia tributa como rendimiento del capital mobiliario y está sujeta a retención del 19%Fondo con Garantía Interna:
Cuando la garantía se presta al fondo. Si al final del periodo no se obtiene la rentabilidad garantizada, la entidad garante paga la diferencia al fondo. Tributan como un fondo normal, en el caso en el que el cliente decida reembolsar sus participaciones.9. ¿Cuál es el régimen fiscal de los fondos de inversión en Navarra?
El rendimiento generado por la tenencia o reembolso de acciones o participaciones de Instituciones de Inversión Colectiva (IIC), sean fondos o SICAV, inversión tienen la consideración de Ganancia o Pérdida Patrimonial, y su tratamiento fiscal en el IRPF y se integrará en la base imponible del ahorro.
La ganancia generada por la venta de un fondo de inversión está sujeta a una retención del 19% y tributará según la siguiente escala.
Base Liquidable hasta Resto base hasta TIPO aplicable (%) 0 6.000 € 20% 6.000,01 € 10.000 € 22% 10.000,01 € 15.000 € 24% 15.000,01 € Resto 26%
NO TRIBUTA MIENTRAS NO REEMBOLSE. Permiten planificar el pago del impuesto en el ejercicio fiscal más adecuado para el partícipe.Permite el “TRASPASO” entre diferentes fondos sin que el partícipe deba de tributar por la ganancia obtenida, podrá cambiar de fondo sin tributar por ello (sólo en personas físicas).
10. ¿Qué régimen fiscal se aplica a los fondos de inversión en País Vasco?
Cualquier tipo de rendimiento generado por la venta o reembolso de acciones o participaciones de Instituciones de Inversión Colectiva sean fondos de inversión o SICAV, se consideran renta del ahorro, tributando según la siguiente escala y sujetas a retención:
Parte de base liquidable del ahorro € Tipo aplicable % Hasta 2.500 € 20% Desde 2.500,01 € hasta 10.000 21% Desde 10.000,01 € hasta 15.000 22% Desde 15.000,01 € hasta 30.000 23% Desde 30.000,01 € en adelante 25% El tipo de retención en Álava, Guipúzcoa y Vizcaya será del 19%
NO TRIBUTA MIENTRAS NO REEMBOLSE. Permiten planificar el pago del impuesto en el ejercicio fiscal más adecuado para el partícipe.
Permite el “TRASPASO” entre diferentes fondos sin que el partícipe deba de tributar por la ganancia obtenida, podrá cambiar de fondo sin tributar por ello (sólo en personas físicas).
El importe de la ganancia o pérdida patrimonial se determinará por diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión, deducidas las comisiones que pudiera en su caso soportar el partícipe en el momento de la suscripción o del reembolso, de acuerdo a la fórmula siguiente:Ganancia o pérdida patrimonial = [ Valor Reembolso – Comisiones de Reembolso] – [Valor de Suscripción + Comisiones de Suscripción)
Para el cálculo de la Ganancia o Pérdida el Precio de Adquisición ha de ser actualizado mediante los coeficientes aprobados cada año al efecto.
1. ¿Qué es un fondo de inversión garantizado?
Es un fondo que asegura como mínimo en una determinada fecha futura (fecha fin de la garantía) la totalidad de la inversión inicial y además una rentabilidad que puede ser fija o variable (en función de la evolución de un índice, un conjunto de acciones....) también a la fecha de vencimiento de la garantía.
Sólo pueden suscribirse a lo largo de un periodo concreto, normalmente breve. Si se dispone del fondo antes de la fecha de vencimiento de la garantía se obtendrá exactamente el valor liquidativo de ese momento; y por tanto el importe que se reembolse no estaría sujeto a la garantía.
2. ¿Qué es la fecha de vencimiento de la garantía?
Es la fecha futura en la que se asegura que las participaciones del fondo alcanzarán un determinado valor liquidativo (valor liquidativo garantizado). Sólo tienen derecho a la garantía los partícipes que mantengan su inversión hasta la fecha de vencimiento, por lo que si se reembolsa antes de ese momento, se realizará el reembolso al valor liquidativo de ese día que podrá ser superior o inferior al valor liquidativo inicial, por lo que es posible sufrir pérdidas.
3. ¿Qué es el garante?
El garante de un fondo es la entidad que asume el compromiso de aportar la cantidad necesaria para que el partícipe conserve su inversión inicial y obtenga la rentabilidad fija o variable garantizada, si la evolución de la cartera del fondo no ha permitido alcanzar el valor liquidativo garantizado.
Cuando esta cantidad se entrega directamente al fondo se habla de garantía interna; si es el partícipe el que recibe el importe, la garantía es externa. Ambas tienen distinto tratamiento fiscal: el partícipe ha de tributar por las cantidades recibidas en concepto de garantía externa en el mismo ejercicio en que se perciben.
4. ¿Qué es el periodo de comercialización en un fondo garantizado?
Es el periodo durante el que se pueden adquirir participaciones de un fondo garantizado sin pagar comisión de suscripción (que en otros momentos pueden llegar hasta el 5% del importe invertido).
5. ¿Qué son las ventanas de liquidez?
Algunos fondos garantizados establecen fechas predeterminadas en sus folletos, en las que el partícipe puede reembolsar total o parcialmente sus participaciones sin pagar comisión de reembolso (que en otros momentos pueden llegar hasta el 5% del importe invertido). Para ello es necesario respetar los plazos establecidos en el folleto. Dado que estos reembolsos se realizan al valor liquidativo de la fecha, la garantía no es aplicable, por lo que es posible registrar pérdidas.
6. Tipos de fondos garantizados
Según el tipo de la garantía pueden distinguirse dos tipos de fondos:
Garantizados de renta fija: en la fecha de vencimiento de la garantía no sólo aseguran la conservación del capital inicial, sino también una rentabilidad fija y predeterminada (que se indica en el folleto del fondo en términos de interés anual, TAE)
Garantizados de renta variable: sólo aseguran la inversión inicial, en la fecha de vencimiento de la garantía. Además ofrecen la posibilidad de obtener una rentabilidad vinculada al comportamiento de diversos activos financieros o índices (de acuerdo con fórmulas de cálculo más o menos complejas). El inversor debe tener en cuenta que, si la evolución de los instrumentos subyacentes no es la esperada, es posible que no obtenga rentabilidad alguna.
7. ¿Qué hacer cuando vence la garantía?
El partícipe debe de estar atento a la fecha de vencimiento de la garantía (indicada en el folleto del fondo y en la información periódica que se le remite) ya que en ese momento deberá valorar la situación y decidir qué le conviene hacer.
Con carácter general, llegado el vencimiento de la garantía estos fondos establecen o inician un nuevo periodo garantizado, que puede incluir cambios significativos en su naturaleza, características e incluso, a veces, en su denominación. En otros casos, el fondo puede dejar de ser garantizado y seguir funcionando normalmente con otra política de inversión. Estos cambios se comunican por carta a los partícipes a medida que se aproxima el vencimiento de la garantía.
Los inversores disponen de las opciones siguientes:
- Permanecer como partícipe en el fondo: esta opción no exige actuación alguna, ya que si el inversor no ordena el reembolso durante el plazo de que dispone para separarse, se sobreentiende que está conforme con las nuevas características y desea mantener su inversión en el fondo. A partir de ese momento el partícipe queda sujeto a las nuevas condiciones.
- No aceptar las nuevas condiciones: en tal caso, el partícipe debe de ejercer el derecho de separación que le perm
- recuperar su inversión, reembolsando sus participaciones en el fondo
- o traspasar su inversión a otro fondo, sin tener que tributar
En ambos casos, sin soportar comisiones de reembolso durante un periodo de tiempo limitado (un mes, como mínimo). Este plazo viene indicado en la carta remitida por la entidad.
1. ¿Qué es un fondo de inversión y cómo funciona?
Un fondo de inversión es un patrimonio formado con las aportaciones de muchos inversores (que reciben el nombre de "partícipes"), administrado por una Sociedad especializada (denominada "Sociedad Gestora") de acuerdo con los criterios establecidos en un documento que regula la actividad e inversiones del fondo ("Reglamento de Gestión"), y del que los partícipes pueden retirarse en el momento que desean solicitando el reembolso de sus participaciones.
El valor de la participación, se denomina valor liquidativo y se calcula diariamente. Es el valor al que se puede comprar o vender una participación de un fondo de inversión. La forma de calcularlo es dividiendo el patrimonio total del fondo entre el número de participaciones.
2. Clases de fondos
Atendiendo a las clasificaciones realizadas por CNMV e INVERCO, podemos distinguir las siguientes categorías de fondos.
Fondos de Inversión Monetarios
Invierten en Deuda Pública de elevada calidad crediticia con vencimiento inferior a 6 meses.
Especialmente recomendados para perfiles muy conservadores, que valoran la seguridad y estabilidad de sus inversiones, y que pueden necesitar liquidez en cualquier momento.
Fondos de Inversión de Renta Fija
Invierten en activos de renta fija. En función del plazo de duración de la cartera de renta fija del fondo, las posibles oscilaciones de valor liquidativo serán de menor o mayor intensidad. Importante ajustar el plazo de permanencia en el fondo, con la duración de cartera de renta fija del mismo.
Son fondos especialmente recomendados para clientes que deseen participar de la rentabilidad de los bonos de emisores públicos o privados de la zona euro o de mercados fuera de la zona euro (Estados Unidos, países emergentes…….) asumiendo en cada caso el riesgo correspondiente a las inversiones realizadas en renta fija por su fondo para optar a una mayor rentabilidad.
Fondos Mixtos de Renta Fija
Invierten en renta fija y en renta variable, estando limitada la inversión en esta última a un máximo del 30%. El poco peso que representa la inversión en renta variable, sumada a duraciones cortas en las inversiones en renta fija, hace que esa mayor rentabilidad que puede obtener, se sustente en una asunción de riesgo muy controlada.
Son fondos especialmente recomendados para clientes que deseen, a través de una alternativa sencilla, participar de la posible revalorización de los mercados bursátiles con un riesgo controlado, ya que limitan su exposición a un máximo del 30%; siendo el resto de la inversión en renta fija (pública y privada) a corto/medio plazo.
Fondos Mixtos de Renta Variable
Invierten en renta fija y en renta variable. El inversor asume un riesgo superior consecuencia de una mayor exposición a renta variable entre un 30% y un 75%, a cambio de optar a una mayor rentabilidad. Cuanto mayor sea el grado de tolerancia a asumir riesgos, mayor podrá ser el peso de la inversión en renta variable.
Son fondos especialmente recomendados para clientes con perfil moderado que deseen invertir a medio/largo plazo, hayan tenido alguna vez inversiones en Bolsa y quieren optar a una mayor rentabilidad a través de una mayor exposición a renta variable.
Fondos de Renta Variable
Invierten más de un 75% en renta variable, nacional, zona euro o internacional, pudiendo sufrir oscilaciones con mayor intensidad derivadas del comportamiento de las bolsas, lo que implica un riesgo mayor cuanto más concentrada esté la inversión en países o sectores con mayor volatilidad. La inversión en renta fija en estos fondos suele ser en el corto plazo.
Son fondos especialmente pensados para clientes arriesgados, que realicen sus inversiones en el largo plazo, buscando obtener elevadas rentabilidades. Este tipo de inversor busca obtener rendimientos en renta variable por encima de la media de índices bursátiles aceptando ciertos niveles de pérdidas en el corto plazo y oscilaciones en la evolución de su cartera.
Fondos Garantizados
Son fondos especialmente recomendados para clientes que deseen seguridad y estabilidad en sus inversiones, en los que se garantiza el capital invertido y además una rentabilidad adicional que puede ser fija o variable en la fecha de vencimiento de la garantía.
*En los fondos garantizados la seguridad en la preservación de su capital y en la rentabilidad garantizada es en la fecha de vencimiento de la garantía. Es importante que el horizonte temporal de su inversión coincida con el plazo de vencimiento de la garantía.
3. Benchmark o índices de referencia
En las fichas de los fondos de inversión que gestiona Gescooperativo, aparece el benchmark que es el índice de referencia que se asigna a cada fondo en función de su política de inversión, permite valorar la calidad de gestión del fondo.
De esta forma el partícipe conoce la evolución que lleva el fondo, en comparación a su índice de referencia.
4. ¿Qué riesgo tiene un fondo de inversión?
El riesgo de un fondo de inversión depende fundamentalmente del tipo de activos en los que invierte, aunque dentro del mismo tipo de activos influyen otros factores como la zona geográfica.
En cuanto al tipo de activo, podemos clasificarlos en los siguientes tipos:
- Mercado Monetario: Son fondos que invierten en instrumentos con mucha liquidez y elevada calidad crediticia, tales como letras del tesoro. Su riesgo es limitado, ya que sólo fluctúa con los tipos de interés a corto plazo. En definitiva, es el activo más seguro pero también, como cabría esperar, el que normalmente menos rentabilidad ofrece a largo plazo.
- Renta Fija: Está compuesto de aquellos fondos que invierten en bonos, emitidos por gobiernos, empresas y diversos organismos. A pesar de lo que su nombre indica, están sujetos a la volatilidad de los mercados, especialmente ante cambios en tipos de interés a medio y largo plazo y de rating de los emisores. Estos cambios pueden provocar variaciones en el valor de los fondos de renta fija, aunque normalmente la inversión en estos fondos conlleva menos riesgo que la inversión en renta variable.
- Mixtos: Comprende aquellos fondos que invierten tanto en activos de renta fija como en activos de renta variable. Su riesgo es, por tanto, superior al riesgo de los fondos de renta fija; y aumenta a medida que el peso de la renta variable es mayor.
- Renta Variable: En esta categoría se hallan los fondos que invierten principalmente en activos de renta variable, es decir en acciones de empresas cotizadas en bolsa. Es el activo con mayor riesgo, ya que a corto plazo es muy sensible a la volatilidad de los mercados, pero suele ser el más rentable a largo plazo y por tanto el más recomendable para inversiones a largo plazo, como puede ser la jubilación.
Otros factores de riesgo son:
- Zona geográfica: La concentración de una parte importante de las inversiones en un único país o en un número limitado de países, determina que se asuma el riesgo de que las condiciones económicas, políticas y sociales de esos países tengan un impacto importante sobre la rentabilidad de la inversión.
- Divisa: Los activos internacionales están denominados en diferentes monedas y por tanto la fluctuación de dichas monedas con respecto a tu moneda de referencia, el Euro, puede hacer variar el valor de tu fondo aunque no haya cambiado el valor de sus activos en su moneda original. Monedas como el Dólar suelen ser más estables que otras monedas de países emergentes.
- Riesgo de Crédito: Es el riesgo de que el emisor de los activos de renta fija no pueda hacer frente al pago del principal y del interés. En fondos de renta fija existe una calificación similar para los fondos que invierten en los llamados bonos de alta rentabilidad (en inglés "high yield"). Estos fondos invierten en bonos que tienen un mayor riesgo crediticio, es decir bonos que tienen más probabilidades de no devolver el capital inicial o principal normalmente porque la empresa o gobierno que los emite tiene menos solidez financiera.
5. ¿Qué organismo supervisa la inversión en fondos?
En España dicha supervisión se lleva a cabo por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
6. ¿Qué comisiones tienen los fondos de inversión?
Los fondos de inversión pueden tener las siguientes comisiones:
- Suscripción: Algunos fondos tienen una comisión de entrada o suscripción, que es el importe que se deduce de su aportación inicial antes de destinar la cantidad restante al fondo. Sólo se cobra generalmente en fondos garantizados que han iniciado su periodo de garantía.
- Gestión: Esta comisión está presente en todos los fondos de inversión y se trata de un gasto cargado en concepto de gestión de las inversiones. Diariamente se deduce la parte proporcional a esta comisión de los rendimientos del fondo. En otras palabras, los rendimientos del fondo ya han descontado dicha comisión, aunque no se vea este cargo desglosado.
- Depositario: La mayoría de fondos también tiene una pequeña comisión en concepto de depósito o custodia, para repercutir al partícipe algunos gastos administrativos relacionados con la custodia de los valores del fondo.
- Reembolso: En el momento de la venta del fondo, algunos fondos cobran esta comisión, que se deduce de la valoración de la participación en el fondo. Sólo se cobra generalmente en fondos garantizados que han iniciado su periodo de garantía.
7. ¿Los fondos, ¿tienen vencimiento?
Un fondo de inversión no tiene vencimiento, ya que se va renovando la cartera continuamente. El cliente puede suscribir o reembolsar participaciones cuando desee.
En el caso de los fondos garantizados, tiene una fecha de vencimiento la garantía que se ha otorgado. En el momento del vencimiento de la garantía el cliente dispone de tres opciones:- Mantenerse en el fondo con las nuevas condiciones que se determinen (puede continuar como fondo garantizado con nuevas características de la garantía, o bien transformarse en un fondo abierto con una nueva de política de inversión). En este caso no hay que hacer nada puesto que el sistema automáticamente cambia las condiciones del fondo a nuevo garantizado o a un fondo abierto.
- Traspasar a otro fondo de inversión, en el caso de personas físicas residentes.
- Reembolsar para disponer del dinero o para contratar otro producto.
8. ¿Quién puede ser partícipe de un fondo de inversión?
Los partícipes pueden ser tanto personas físicas como jurídicas. Los distintos titulares son copartícipes, es decir, que el fondo es propiedad de todos ellos, por partes iguales. Para ser partícipe de un fondo sólo es preciso comprar participaciones del mismo, por lo tanto, todo el que compre por lo menos una participación del fondo, al precio al que esté ese día, se convierte en partícipe del fondo.
9. ¿Cómo se puede ser partícipe de un fondo de inversión?
Solicitando a la Sociedad Gestora, o a su canal de distribución, la compra de participaciones de un fondo concreto. El importe deberá ser siempre igual o superior al valor mínimo de suscripción establecido en el folleto del fondo. Si la participación vale 300,44 euros y suscribimos 350 euros, tendremos 1,165 participaciones de dicho fondo.
10. ¿Qué es la Sociedad Gestora?
Es una sociedad especializada en la que los partícipes delegan la toma de decisiones relativas a la gestión del fondo de inversión, así como el seguimiento y administración de la cartera de inversión colectiva, e invierte según su criterio profesional. Por estos servicios cobra una comisión de gestión.
La gestión se realiza de acuerdo con los criterios establecidos en un documento de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que regula la actividad e inversiones del fondo (el Reglamento de Gestión).
11. ¿Qué es la Entidad Depositaria?
La Entidad Depositaria es la responsable de la custodia de los valores del fondo, así como del seguimiento de las operaciones llevadas a cabo por la Sociedad Gestora. Una Entidad no puede ser, a la vez, Sociedad Gestora y Entidad Depositaria. Por este servicio, podrá cobrar una comisión de depósito o custodia.
12. ¿Qué seguridad ofrecen los fondos de inversión?
Esta pregunta tiene una doble vertiente, la seguridad respecto al nivel de la inversión (del propio fondo) y la seguridad a nivel institucional (de la gestora).
Respecto a la seguridad del fondo, el patrimonio será gestionado por un equipo de profesionales que invertirán en un elevado número de activos, con una adecuada diversificación del riesgo y cumpliendo los requisitos legales que garanticen la liquidez del fondo.
Respecto a la Sociedad Gestora es importante considerar que el patrimonio del fondo no responderá nunca de las posibles deudas que pueda contraer ni la Sociedad Gestora, ni la Sociedad Depositaria ni los partícipes.
Tanto la gestora como la depositaria serán responsables ante la totalidad de los partícipes de todos los perjuicios que les ocasiones por incumplir sus obligaciones.
En caso de liquidación del fondo los partícipes son los propietarios de los activos en los que están invertidos.
Además, la Ley establece unos mecanismos de control sobre estos fondos de inversión, y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ejerce su supervisión, velando por los intereses de los inversores.
13. ¿Cuál es el precio de un fondo de inversión y cómo se determina?
El precio de un fondo de inversión es el valor de la participación, que se denomina valor liquidativo y se calcula diariamente, en la gran mayoría de los fondos, a precios de mercado.
Es el valor al que se puede comprar o vender una participación de un fondo de inversión. La forma de calcularlo es dividiendo el patrimonio total del fondo entre el número de participaciones.
14. ¿Qué es un Fondo de Inversión Garantizado?
Es un fondo que asegura como mínimo en una determinada fecha futura (fecha fin de la garantía) la totalidad de la inversión inicial y además una rentabilidad que puede ser fija o variable (en función de la evolución de un índice, un conjunto de acciones....) también a la fecha de vencimiento de la garantía.
Sólo pueden suscribirse a lo largo de un periodo concreto, normalmente breve. Si el partícipe reembolsara antes del vencimiento, no se le garantiza importe alguno, lo hará al valor liquidativo aplicable a la fecha de solicitud de reembolso y además tendrá que hacer frente a la comisión de reembolso que tenga establecido el folleto del fondo en ese momento.
15. ¿Es mejor un Fondo de Inversión que otras alternativas de ahorro?
Las principales ventajas de los Fondos de Inversión consisten en que:
- Ofrecen una liquidez total, frente a la exigencia de inmovilización de sus ahorros de muchos otros productos.
- Cuentan con un tratamiento fiscal muy favorable:
- Los rendimientos no se declaran mientras no se vendan participaciones del Fondo
- Tampoco se declaran si se reembolsan participaciones de un Fondo para invertirlo en otro (Traspaso) y el titular del fondo es una persona física.
- Los rendimientos tienen tratamiento de Plusvalías en el IRPF
- Se accede a una gestión profesionalizada de sus inversiones. Están gestionados por profesionales, dedicados exclusivamente a sus inversiones.
16. ¿Cómo saber qué fondo conviene a cada inversor?
La respuesta no es sencilla. Dependerá de distintos aspectos como la liquidez (necesidad que el inversor vaya a tener de disponer de esa inversión). Este criterio determina si el cliente está pensando en una inversión a medio - largo plazo o bien a corto plazo donde la mejor elección sería un fondo de renta fija a corto plazo o un fondo de inversión en activos monetarios.
Además el cliente debe valorar si está dispuesto a asumir riesgos a cambio de una posible rentabilidad adicional, si esto es así su opción estará en un fondo de renta fija, un fondo mixto combinando renta fija y renta variable, o si prefiere optar a mayores rentabilidades asumiendo también un nivel de riesgo elevado podrá elegir un fondo de renta variable.
También es conveniente que el cliente revise las comisiones (especialmente suscripción y reembolso en los fondos garantizados) antes de invertir.
17. ¿Cómo se interpretan los rankings que aparecen en la prensa?
Los rankings pueden ser un instrumento útil que nos ayude a conocer la situación y revalorización de los fondos en comparación con otros. Pueden servir de referencia para observar con que éxito están los gestores invirtiendo nuestras aportaciones al fondo.
Sin embargo, no conviene decidirse por un fondo sólo por la posición que ocupa en un ranking ya que en ocasiones puede tener solo en cuenta la rentabilidad en un periodo concreto , y ésta variaría si se tuviera en cuenta otro periodo de tiempo.
18. ¿Hay posibilidades de embargar un fondo de inversión?
En principio un fondo de inversión como todo valor negociable puede ser objeto de embargo por la Agencia Tributaria. Este embargo deberá cumplir en todo momento los requisitos que establece la legislación, especialmente el Reglamento General de Recaudación suelen tener su origen en alguna deuda contraída por el partícipe de fondos con Hacienda.
La Unidad de Recaudación de la correspondiente Agencia Estatal de Administración Tributaria remite a la Sociedad Gestora del fondo una Diligencia de embargo. La sociedad gestora cumplirá las indicaciones dadas y normalmente se lo comunicará al participe.
Si hubiera más de un titular se atenderá el embargo, sólo sobre la parte del saldo que corresponda al titular embargado, para lo cual dividirá el saldo en partes iguales entre los titulares.
19. ¿Qué es el rating? ¿Qué son las agencias de rating?
La palabra rating se utiliza para calificar a cualquier tipo de prestatarios, países, organismos supranacionales o empresas. El rating proporciona un indicador de referencia que mide el riesgo crediticio que soporta el inversor que ha prestado sus fondos a la entidad que lo ha recibido.
Las empresas o agencias de rating son las que juzgan y califican el riesgo de una compañía, para que mediante las nomenclaturas que tienen establecidas, se pueda juzgar la capacidad y probabilidad de pago de los intereses y principal de una deuda, emitida por parte de la compañía que recibe la calificación.
Las agencias de calificación más importantes son Standard & Poor´s, Moody´s y Fitch (I.B.C.A.), ésta última especializada en el análisis de solvencia de los bancos.
Todas ellas son privadas sin ningún tipo de vinculación con ningún gobierno ni institución. El nivel de calificación no debe interpretarse como un indicador ó una recomendación para adquirir, vender o mantener en cartera un determinado título financiero.
En el caso de un fondo, el rating le dirá al participe el nivel de riesgo que estará asumiendo al invertir su dinero en fondos de inversión, además también le puede ayudar a diferenciar unos fondos de otros atendiendo al riesgo que comportan.
20. ¿Se puede transmitir un fondo de inversión por fallecimiento?
Como cualquier otro valor mobiliario se puede transmitir por fallecimiento del titular.
La operativa habitual en estos casos es que cuando la sociedad gestora recibe la notificación por los herederos bloquea el fondo hasta que presenten toda la documentación requerida.
Una vez revisada toda la documentación presentada se procederá a la transmisión de las participaciones a los herederos para los que la antigüedad de las participaciones será la correspondiente a la fecha del fallecimiento del titular del fondo.
21. ¿Se puede pignorar un fondo de inversión?
Si por ejemplo un partícipe necesita solicitar un préstamo, la entidad prestamista le puede pedir que deje en garantía (pignore) participaciones que tenga en un fondo de inversión, del que sea titular.
El partícipe debe informar a la Sociedad Gestora, que adoptará las medidas necesarias para que esas participaciones pignoradas no estén disponibles hasta la cancelación, en este caso, del préstamo obtenido.
En el momento en que ese préstamo venza, o se cancele, la pignoración de esas participaciones se levantará y el participe tendrá a su disposición el fondo de inversión.
22. ¿Qué es la volatilidad de los Fondos de Inversión?
La volatilidad mide la sensibilidad de los fondos a las variaciones del mercado. Es decir, la volatilidad marcaría las posibles fluctuaciones que sufriría el valor liquidativo de un fondo en un periodo determinado. A medida que aumenta la volatilidad más podría fluctuar el valor liquidativo.
23. Servicio Att. Cliente Gescooperativo
En virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Orden ECO/734/2004, de 11 marzo sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, y la normativa de transparencia y protección del cliente de servicios financieros, les informamos de la existencia de este servicio, al cual puede dirigirse en la dirección siguiente:
SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE
GESCOOPERATIVO S.A.SGIIC
C/ Virgen de los Peligros, nº4 – 3ª Planta.
28013, Madrid
Nº de Fax: 91 595 68 98
Nº de Teléfono: 91 595 69 15
Correo electrónico:atencion.cliente.gescooperativo@cajarural.com
La Entidad esta obligada a atender las quejas y reclamaciones en un plazo no superior a dos meses desde su presentación ante el servicio de atención al cliente.
Le informamos que existe un Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Financieros, al cual podrá dirigirse una vez agotada la vía del servicio de atención al cliente de la propia Entidad, así como de la existencia de un reglamento de funcionamiento del servicio de atención al cliente al cual pueden acceder a través de la página www.ruralvia.com.
1. ¿Qué rentabilidad puedo esperar de un fondo de inversión?
La rentabilidad es variable y depende de las inversiones del fondo y del horizonte temporal de la inversión. Así, si se opta por un fondo de renta variable que invierta en acciones, puede conseguirse una rentabilidad mayor que si se invierte en un fondo de renta fija que invierte en Deuda Pública.
Pero cabe destacar que el riesgo siempre es mucho mayor en un fondo de renta variable que en uno de renta fija.
2. ¿Por qué el valor de cada participación varía constantemente?
Porque el fondo valora diariamente sus inversiones, de acuerdo con las cotizaciones de los mercados, y éstas fluctúan por diversos motivos (tipos de interés, coyuntura económica, expectativas futuras, etc.).
3. ¿Puedo ir cobrando los rendimientos?
A excepción de los fondos de reparto o fondos con pago de rentas, no hay establecido ningún mecanismo automático de cobro de rendimientos. Si desea hacerlo, puede vender algunas participaciones. Sin embargo, debe tener en cuenta que este hecho tiene repercusiones fiscales, es decir, tendría que tributar por las participaciones que reembolse.
4. ¿Puede obtener rentabilidades negativas un partícipe de fondos de inversión?
Un fondo de inversión, como cualquier otro producto financiero, puede obtener rentabilidades positivas o negativas en función de la evolución que tengan los activos que componen la cartera de dicho fondo. Es importante señalar que la normativa obliga a valorar los activos de los fondos diariamente, y a precios de mercado.
5. ¿Cómo se lo que vale mi fondo?
El valor de los fondos varía diariamente, en función del valor diario de cada uno de sus activos en los diferentes mercados. Por ello, diariamente se publica el valor de cada participación en el fondo, que es el patrimonio total del fondo dividido por el número de participacione.
6. ¿Puede bajar un fondo de renta fija?
La rentabilidad de los fondos de renta fija, al tener que valorar diariamente su cartera a precios de mercado, depende, fundamentalmente, de la evolución de los tipos de interés y del vencimiento medio de los activos que componen la cartera del fondo.
El valor liquidativo del fondo varía de forma inversamente proporcional a los tipos de interés. Si los tipos de interés bajan, los títulos que el fondo mantiene en su cartera reflejarán una subida en su cotización; por lo que la valoración del fondo aumenta y si los tipos de interés suben, bajará la cotización de esos títulos; y esto supone que puede obtener minusvalías.
7. ¿Qué es el concepto de rentabilidad - riesgo en un fondo de inversión?
El riesgo de una inversión para un inversor es la posibilidad de que no se produzca el rendimiento esperado y esa posibilidad será mayor o menor dependiendo del tipo de inversión.
Para medir el nivel de riesgo de un fondo en un periodo de tiempo la medida más utilizada es la volatilidad, la propia CNMV obliga a las gestoras a incluir en los informes trimestrales, datos sobre la volatilidad de los mismos. La volatilidad mide el grado de variación del valor liquidativo del fondo en un período de tiempo determinado.
Sirve para determinar si dentro de una misma familia de fondos, un fondo ha tenido más o menos riesgo que la media, y compararla con la rentabilidad obtenida. Permite, por lo tanto, al partícipe conocer el nivel de riesgo asumido por el fondo para obtener su rentabilidad.
8. ¿Qué comisiones cobra un fondo de inversión y cómo afecta al valor liquidativo?
En los fondos existen cuatro tipos de comisiones:
- Comisión de Gestión
- Comisión de Depósito
- Comisión de Suscripción
- Comisión de Reembolso
Las comisiones de gestión y depósito se utilizan para cobrar el servicio de la entidad gestora y de la depositaria. Estas comisiones se restan del patrimonio del fondo por lo que el valor liquidativo de los fondos tiene ya descontadas estas comisiones y su importe es neto.
9. ¿Qué es un traspaso entre fondos de inversión?
Un traspaso entre fondos de inversión consiste en el reembolso de un fondo y la inmediata suscripción de otro, conservando la antigüedad de la primera inversión a efectos fiscales. Esto significa que las plusvalías no tributan mientras no se produzca el reembolso definitivo.
10. ¿Qué partes intervienen en un traspaso?
Fondo de origen: fondo en el que se mantiene la inversión antes del traspaso.
Fondo de destino: fondo en el que se quiere invertir el capital que se reembolse del fondo de origen.
Entidad de origen: la que comercializa o gestiona el fondo de origen
Entidad de destino: la que comercializa o gestiona el fondo de destino.
11. Tipos de traspasos
I.- Traspaso entre fondos de inversión de la misma Gestora
Es el caso de traspaso más sencillo, ya que la entidad de destino y la de origen son la misma lo que simplifica los trámites de comprobación, y acorta los plazos de tramitación del traspaso.
El partícipe tiene que dirigirse a la entidad y solicitar el traspaso entre los dos fondos de inversión, debidamente identificados, con indicación del importe o el número de participaciones que desea traspasar. En un plazo máximo de tres días hábiles debería estar materializada la inversión en el fondo de destino.
II.- Traspaso entre fondos de distintas gestoras
El procedimiento es algo más complejo y en circunstancias normales podría durar en torno a ocho días hábiles. Los pasos a seguir por el partícipe son los siguientes:
- El partícipe debe de dirigirse a la entidad de destino para solicitar el traspaso, identificando el fondo de origen y el importe o número de participaciones que desea reembolsar. Para evitar que se produzcan errores, es recomendable entregar a la entidad de destino un extracto de la posición en el fondo de origen, ya que en el mismo figura toda la información necesaria para identificar el fondo en el que se va a desinvertir.
- La entidad de destino tiene un día hábil para enviar la solicitud de traspaso a la entidad de origen.
- La entidad de origen dispone como máximo de dos días hábiles para realizar las comprobaciones que necesite.
- Una vez que la entidad de origen ha comprobado que la solicitud de traspaso es correcta, deberá proceder al reembolso del fondo de origen. Éste se realizará en un plazo máximo de tres días hábiles.
- A continuación la entidad de origen realiza una transferencia bancaria para enviar a la de destino el importe reembolsado, junto con la información fiscal del partícipe. En la práctica este trámite suele llevar dos días hábiles.
- Cuando el capital llega a la entidad de destino, se realiza automáticamente la suscripción de participaciones en el nuevo fondo.
III.- Otro tipo de traspasos
Aunque los traspasos más frecuentes se dan entre dos fondos de inversión mobiliaria, también pueden realizarse traspasos desde y hacia otro tipo de instituciones de inversión colectiva: fondos extranjeros (la mayoría de los registrados en CNMV para su comercialización en España), fondos de inversión inmobiliaria, sociedades de inversión (SICAV)...
Las características específicas de las instituciones implicadas pueden afectar a los costes y a los plazos del traspaso. Por ejemplo, si sólo es posible realizar suscripciones y reembolsos en fechas determinadas (como en fondos inmobiliarios), o si la transferencia de capital e información ha de realizarse entre distintos países ( entidades no domiciliadas en España).
el valor de la participación, se denomina valor liquidativo y se calcula diariamente. Es el valor al que se puede comprar o vender una participación de un fondo de Inversión. La forma de calcularlo es dividiendo el patrimonio total del Fondo entre el número de participaciones.
12. Aspectos importantes a tener en cuenta en un traspaso
El traspaso implica una suscripción y un reembolso. Por tanto, si los folletos de los fondos así lo establecen, el inversor tendrá que hacer frente a las correspondientes comisiones de suscripción o reembolso.
Al solicitar un traspaso el partícipe no puede disponer en ningún momento del capital, ya que éste se transfiere directamente entre las entidades de origen y destino, junto con la información fiscal.